Transcript
  • 00:01    |    
    Créditos iniciales
  • 00:20    |    
    Introducción
  • 00:54    |    
    Derechos subjetivos de las personas
  • 02:08    |    
    Dualismo epistemológico de los derechos
  • 03:15    |    
    Clasificación de Hugo Grocio
  • 04:13    |    
    Relación entre derechos reales y derechos subjetivos
  • 05:28    |    
    Monismo
    • Monismo personalista
    • Creencias romanas
    • Ideas de Marcel Planiol
    • Qué es la propiedad
  • 09:42    |    
    Análisis económico del Derecho
    • Problemas de interpretación de los
    • Características de un derecho subjetivo monista realista
    • Qué son las titularidades
    • Monismo personalista
    • Anacronismos del Derecho
    • Contratos
    • Cita, n , Richard A. Epstein
  • 20:04    |    
    Contratos de prestaciones recíprocas
  • 21:35    |    
    Contratos de prestaciones autónomas
  • 23:03    |    
    Cita, n , Ronald Coase
  • Argumento del autor
  • 26:54    |    
    Contrato de sociedad
  • Negocios significativos
  • 29:29    |    
    Contratos de prestaciones recíprocas
    • La permuta
    • El valor subjetivo
    • Razones de intercambio
    • Código civil de Guatemala
    • Inflación en Perú
    • Caso de las naranjas
    • Prestaciones sinalagmáticas
    • Valoración de bienes
    • Alteraciones a la valoración
    • Cambios en los contratos
    • Caso de inflación
    • Cambio de condiciones
    • Suministros a largo plazo
    • Previsiones en los contratos
    • Desigualdad de posiciones
  • 50:55    |    
    Disparidad de valoraciones
    • Información de precios
    • Sugerencias de la teoría económica
    • Solución a la disparidad de valoraciones
    • Riesgo del contrato
    • El previsor racional
    • Precio de mercado
  • 59:05    |    
    Regla del
  • 59:27    |    
    Regla de Learned Hand
  • 01:01:10    |    
    Regla del
  • 01:02:06    |    
    Riesgo contractual
  • 01:03:16    |    
    Regla del
  • 01:05:03    |    
    Conclusiones acerca del riesgo
  • 01:06:08    |    
    Palabras de despedida y agradecimiento
  • 01:06:24    |    
    Créditos finales


Teoría de los contratos (parte II)

New Media  | 29 de octubre de 2009  | Vistas: 391

Enrique Ghersi reflexiona con respecto a la tradición romano-germánica del Derecho que otorga gran importancia a los contratos, y afirma que el sistema jurídico latinoamericano está organizado en función de una división dual de derechos reales y derechos personales, que fue introducida por Hugo Grocio en el siglo XVII; hace una comparación con las ideas de alemanes y anglosajones, quienes desde el punto de vista monista realista de la teoría económica, sostienen que solamente existen derechos personales puesto que las cosas no tienen voluntad, y que los property right son mal entendidos, incluso por profesionales, puesto que los mismos son derechos que integran el patrimonio de las personas. También, explica cómo se pueden resolver, por medio del análisis económico del Derecho, los riesgos contractuales que pudieran surgir en los contratos de relaciones recíprocas. Para finalizar su exposición, con base en la teoría del valor subjetivo y de los precios de mercado, hace mención de algunos métodos para solucionar aquellas disparidades que se pudieran dar.




Conferencista

Enrique Ghersi es abogado especializado en análisis económico del Derecho y…

IDEAS DE LA LIBERTAD

Nuestra misión es la enseñanza y difusión de los principios éticos, jurídicos y económicos de una sociedad de personas libres y responsables.

Universidad Francisco Marroquín